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Templo Católico San José (Golfito)

  1. Datos generales
  2. Ubicación
Categoría:
Inmueble declarado patrimonio

Contacto

Correo electrónico:
parroquiagolfito@yahoo.es
Teléfono de trabajo:
2775-2595
Ubicación:
Puntarenas, Golfito, Golfito

    Descripción

     

    La Parroquia de San José de Golfito inició labores en 1946 dependía de la Diócesis de Alajuela, pero de 1954 en adelante está adscrita a la Diócesis de San Isidro de El General.

    Considerando:

    1º—Que el templo católico de Golfito es representativo del momento histórico, en donde la Compañía Bananera de Costa Rica constituye las llamadas “ciudades de compañía”, las cuales caracterizaron la región durante los años cuarenta y estableció una identidad propia.

    2º—Que este templo es un punto de confluencia y cohesión social cultural que ha generado elementos de identidad en la comunidad católica.

    3º—Que el templo actúa como elemento de la memoria espacial de sus habitantes, generando parámetros de identidad y reconocimiento en la comunidad. 4º—Que es deber del Estado salvaguardar el patrimonio histórico arquitectónico, para fortalecer la identidad entre el ciudadano y su ciudad enriqueciendo la vivienda urbana.

    Por tanto, Decretan:

    Artículo 1º—Declarar e incorporar al patrimonio Histórico- Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como “Templo Católico de Golfito” inscrito en el Registro Nacional, Sección Propiedad, Partido de Puntarenas, Matrícula de Folio Real Nº 96803, ubicado en el distrito 01 Golfito, del cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas, propiedad de Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General, cédula jurídica Nº 3-010-045279. Linderos: norte, calle pública con un frente de 147.41 metros; sur, Temporalidades de la Iglesia Católica, Diócesis de San Isidro de El General; este, calle pública con un frente de 35,43 metros; oeste, Luis Rojas Campos.

    Artículo 2º—Esta declaratoria prohíbe la demolición del inmueble, e igualmente su remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.

    Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

     

    Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintidós días de noviembre del año dos mil seis.

    (Oscar Arias Sánchez. La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, María Elena Carballo Castegnaro. 

     

    Fuente: Consejo Internacional de Monumentos y Sitios Costa Rica (ICOMOS)

    Disponible en la Pagina:

    http://www.icomoscr.org/content/index.php/patrim-arquitect/63-patrimoni…

    Archivos adjuntos

      Autor de la ficha: Editores contratados Sicultura

      Autoría: Producción Sicultura 2020